23. Como parte de sus responsabilidades de derechos humanos, los proveedores de servicios deben establecer mecanismos de reclamación y reparación legítimos, accesibles, previsibles, equ itativos, transparentes y basados en derechos, que per...
23.
Como parte de sus responsabilidades de derechos humanos, los proveedores de
servicios deben establecer mecanismos de reclamación y reparación legítimos, accesibles,
previsibles, equ
itativos, transparentes y basados en derechos, que permitan a las personas
señalar a su atención los presuntos abusos contra los derechos humanos de que han sido
objeto (véase A/HRC/8/5, párrs. 82 y 92) El marco regulatorio debería requerirlo como
parte d
el ejercicio de diligencia debida en el ámbito de los derechos humanos, ya que los
mecanismos de rendición de cuentas hacen posible que el proveedor tome conciencia de los
efectos de la prestación del servicio en esos derechos. Igualmente importante es la
responsabilidad de los proveedores de facilitar a las instancias reguladoras la información
necesaria sobre la prestación de los servicios, en particular la relativa a su desempeño
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