[ ofendidas cuando sus creencias son objeto de críticas, pero nadie debería sufrir castigo]
45. Las personas religiosas de todo el mundo, sin duda, se sienten ofendidas cuando sus creencias son objeto de críticas, pero nadie debería sufrir castigo alguno, con arreglo al derecho penal o civil, por esas críticas, ni rechazo o incluso ridículo, salvo en circunstancias poco comunes en las que el crítico incite a la violencia contra un creyente y sea necesario imponer restricciones para luchar contra ese tipo de violencia. El Consejo de Derechos Humanos, en su resolución 16/18, y el Plan de Acción de Rabat sobre la prohibición de la apología del odio nacional, racial o religioso que constituye incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia (A/HRC/22/17/Add.4, apéndice)hicieron hincapié en mecanismos distintos del castigo penal o civil, como programas de educación más amplios y de formación sobre la aplicación de la ley, que podrían y deberían hacer frente al odio y al discurso ofensivo.