[, inhumanos o degradantes obtengan reparación y reciban una indemnización justa y adecuada]
60. (...) A este respecto, quisiera referirse a la resolución 2004/41 de la Comisión de Derechos Humanos, en que la Comisión destacó que "la legislación nacional debe garantizar que las víctimas de la tortura o de otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes obtengan reparación y reciban una indemnización justa y adecuada, así como servicios de rehabilitación medico social apropiados y, a este respecto, alienta la creación de centros de rehabilitación para las víctimas de la tortura".